Deja huella en la iglesia

En la Parroquia Virgen del Camino queremos renovar los bancos que tantos momentos de fe han acogido. Pero no podemos hacerlo sin ti.

Haz tu donativo y colabora en la compra de los nuevos bancos. Puedes hacerlo de forma individual o junto con otras personas. ¡Toda ayuda suma!

Además, si tu donación supera los 250 €, Hacienda te devuelve una parte al hacer la declaración de la renta

¡Dona un banco!

¡Ayuda a nuestra parroquia haciendo hoy una donación!

¿Puedo deducir mi donación?

Donativos realizados a entidades incluidas en el ámbito de la Ley 49/2002:

Base de deducción:

  • 250 euros: 80%
  • Resto base de deducción: 40%

 

Regla especial: derecho a deducción en el caso de contraprestaciones meramente simbólicas

Como novedad para este ejercicio, el artículo 17.2 de la Ley 49/2022, establece que también darán derecho a deducción los donativos, donaciones y aportaciones aun cuando el donante o aportante pudiera recibir bienes o servicios, de carácter simbólico, entregados o prestados por el donatario o beneficiario, siempre y cuando el valor de los bienes y servicios recibidos:

  • no represente más del 15 por 100 del valor del donativo, donación o aportación, y
  • no supere el importe de 25.000 euros.

 

Con ello se pretende que no se pierda el carácter irrevocable, puro y simple de los donativos, donaciones y aportaciones, generando derecho a la deducción, en aquellos supuestos en los que el donante pudiera recibir una mención honorífica o un reconocimiento reputacional, por su mera condición de donante, siempre que tal mención o reconocimiento carezca de relevancia económica, de forma que no pueda ser considerada una contraprestación a efectos del derecho a la deducción.

Ejemplos de deducción efectiva según el importe donado:

250,00 € – 200,00 €

300,00 € – 220,00 €

350,00 € – 240,00 €

400,00 € – 260,00 €

450,00 € – 280,00 €

500,00 € – 300,00 €

550,00 € – 320,00 €

600,00 € – 340,00 €

700,00 € – 380,00 €

750,00 € – 400,00 €

800,00 € – 420,00 €

850,00 € – 440,00 €

900,00 € – 460,00 €

925,00 € – 470,00 €

 

NOTA IMPORTANTE: la deducción sólo es efectiva para aquellas personas que presentando declaración del I.R.P.F. tienen retenciones que superen los importes señalados como “deducción efectiva

Haz tu donativo hoy y deja tu huella en cada celebración.